Paternidad en Duda Colombia
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Jun. 17 2009 | Judith Sarmiento Granada Paternidad en duda
Nos escribe un oyente:
¿Quisiera saber si la prueba de ADN, para establecer la paternidad, la tiene que pagar el demandante o el demandado?
Estimado Oyente:
Gracias por contactarnos.
Con el fin de atender su solicitud le informo que si usted tiene dudas sobre la paternidad de la bebé, puede hacerse una prueba de ADN. Para lo cual puede acercarse al Centro Zonal del ICBF del domicilio del niño o a los laboratorios acreditados para practicar dichas pruebas. Estas pruebas deben ser canceladas por el padre que las solicita. Si el niño ya fue reconocido por usted, sólo puede practicarse la prueba a través de los laboratorios acreditados a través de un proceso de impugnación de reconocimiento ante el Juez de Familia, quien es el funcionario competente para decretar la práctica de dicha prueba.
Los laboratorios acreditados para tal fin, los puede consultar a través de la página Web www.icbf.gov.co, en donde encontrará, a mano izquierda, el enlace "Nuestros Programas", lo pica y abrirá un listado, ubicándosele al final Pruebas de ADN, allí están registrados los laboratorios acreditados, con sus datos de contacto, a donde debe dirigirse para pedir información sobre el costo de la prueba y demás información atinente a ella. También puede consultar los laboratorios en la página:
www.sic.gov.co/Informacion_Interes/Entidades%20acreditadas/Directorio%20- 20Area3.php
Para pedir información sobre el centro zonal competente puede contactarse con los números relacionados a continuación y suministrar los datos del domicilio del niño: dirección, barrio y/o localidad, ciudad o municipio:
Línea Bienestar gratuita en Colombia 01-8000-91-8080 y en Bogotá 6605520 – 6605530 - 6605540.
Tomado de asistentes judiciales
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