Elementos para una política pública sobre LA Justicia en Equidad.
La Jurisdicción de Paz apunta a una JUSTICIA MAS DEMOCRATICA, con sus tres elementos democratizadores: - LA EQUIDAD: No es el Arbitrio (intima convicción de cada persona) es arbitrario no someterse a las normas validas en el entorno para actuar pese a que lo haga con las mejores intenciones. -lo justo comunitario: la comunidad participa en la producción de las reglas que se aplican en cada caso.
- LA COMUNIDAD: La posibilidad de regularse a si misma, produce su propia identidad, sentido de pertenencia.(Mi pertenencia al grupo es mi adscripción a las reglas de este grupo) La Autogestión de la conflictividad dese los resortes culturales es una forma de construcción de comunidades,
-Los Mayores retos: El liderazgo comunitario y la construcción de comunidad.
-COMUNIDAD: Es una agrupación de interese comunes, valores y sentimientos: Es historia colectiva, objetivos, unión y proyección, convivencia pacífica, tradición cultural propia, sentido de pertenencia, espacio y valores compartidos, formas de resolver problemas , desarrollo y bienestar.Pero sabemos que uno es el concepto teorico o sociologico de comunidad y otro el rela, por lo que que hay que entrar a reconstruir ese tejido social y fortalecer a la comunidad. El Juez de Paz es un agente y un miembro de los procesos generales de la comunidad, por lo que implica o debe estar vinculado o articular con más promotores de convivencia, gestores de paz, promotores de Derechos Humanos, veedores ciudadanos etc.y es aquí donde nace tu inquietud,: o promovemos una jurisdicció orientada a apoyar la construcción de la paz y la convivencia, o la que hace énfasis sobre nuestro papel de :Solucionador de conflictos que debemos asumir, yo creo más en estas dos que en la dice que somos operadores de justicia que descongestionamos los despachos judiciales, aunque así se vinen dando, pero esto ya sería para mi una consecuencia de lo anterior.
La Jurisdicción de paz es el traslado el modelo neoliberal a la administración de justicia, ella es funcional al paradigma de disminución deltamaño del estado y a la privatización de las funciones que éste cumplía en el esquema liberal o es una oportunidad para las comunidades para lograr su autonomía y transite hacia emancipación de los poderes hegemónicos.
En último los jueces de paz somos unos alcahuetas con el estado (el nuestro) porque estamos asumiendo funciones que competen a el, por constitución, ya que los estados deben garantizar la justicia a sus comunidades.Bueno no sé si esto es lo que la otra noche me comunicabas de lo occidental por el chat, pero con est´s conferencias me formé.(Tomado de
Elementos para una política pública sobre LA Justicia en Equidad. ( Escuela Ciudadana Director Ejecutivo :Dr. ALVARO SEPULVEDA FRANCO, MIEMBRO del Consejo Directivo de la Red de Justicia Comuitaria en Colombia).
Buena noche a todos .
Nora Quevedo Labrador Juez de Paz Santiago de Cali Valle del Cauca Colombia.
- LA COMUNIDAD: La posibilidad de regularse a si misma, produce su propia identidad, sentido de pertenencia.(Mi pertenencia al grupo es mi adscripción a las reglas de este grupo) La Autogestión de la conflictividad dese los resortes culturales es una forma de construcción de comunidades,
-Los Mayores retos: El liderazgo comunitario y la construcción de comunidad.
-COMUNIDAD: Es una agrupación de interese comunes, valores y sentimientos: Es historia colectiva, objetivos, unión y proyección, convivencia pacífica, tradición cultural propia, sentido de pertenencia, espacio y valores compartidos, formas de resolver problemas , desarrollo y bienestar.Pero sabemos que uno es el concepto teorico o sociologico de comunidad y otro el rela, por lo que que hay que entrar a reconstruir ese tejido social y fortalecer a la comunidad. El Juez de Paz es un agente y un miembro de los procesos generales de la comunidad, por lo que implica o debe estar vinculado o articular con más promotores de convivencia, gestores de paz, promotores de Derechos Humanos, veedores ciudadanos etc.y es aquí donde nace tu inquietud,: o promovemos una jurisdicció orientada a apoyar la construcción de la paz y la convivencia, o la que hace énfasis sobre nuestro papel de :Solucionador de conflictos que debemos asumir, yo creo más en estas dos que en la dice que somos operadores de justicia que descongestionamos los despachos judiciales, aunque así se vinen dando, pero esto ya sería para mi una consecuencia de lo anterior.
La Jurisdicción de paz es el traslado el modelo neoliberal a la administración de justicia, ella es funcional al paradigma de disminución deltamaño del estado y a la privatización de las funciones que éste cumplía en el esquema liberal o es una oportunidad para las comunidades para lograr su autonomía y transite hacia emancipación de los poderes hegemónicos.
En último los jueces de paz somos unos alcahuetas con el estado (el nuestro) porque estamos asumiendo funciones que competen a el, por constitución, ya que los estados deben garantizar la justicia a sus comunidades.Bueno no sé si esto es lo que la otra noche me comunicabas de lo occidental por el chat, pero con est´s conferencias me formé.(Tomado de
Elementos para una política pública sobre LA Justicia en Equidad. ( Escuela Ciudadana Director Ejecutivo :Dr. ALVARO SEPULVEDA FRANCO, MIEMBRO del Consejo Directivo de la Red de Justicia Comuitaria en Colombia).
Buena noche a todos .
Nora Quevedo Labrador Juez de Paz Santiago de Cali Valle del Cauca Colombia.
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