EN COLOMBIA PROHÍBIDA LA DOSIS PERSONAL.

Colombia: prohíben dosis mínima de droga

Hernando Salazar

BBC Mundo, Colombia

Marihuana

El porte y consumo de dosis mínimas de drogas en Colombia habían sido despenalizados en 1994.

Por amplia mayoría, y en contra de lo que está pasando en otros países, el Senado de Colombia le puso fin a 15 años de libertad para portar dosis personales de estupefacientes.

El Congreso aprobó un proyecto de reforma constitucional que promovió el gobierno para echar atrás una decisión de la Corte Constitucional, que en 1994 derogó una norma que penalizaba a los consumidores de drogas ilícitas.

La penalización de la dosis personal ha sido una vieja obsesión del presidente Álvaro Uribe, que en cinco ocasiones anteriores la había propuesto.

Pero ahora Uribe logró convencer incluso a miembros del opositor Partido Liberal para que avalaran el proyecto.

Luego de que el presidente colombiano firme la reforma constitucional, el Congreso tendrá que reglamentar qué tipo de sanción o tratamiento se les impondrá a los consumidores que sean hallados con dosis personales de drogas.

El gobierno ha dicho que las sanciones no consistirán en privación de la libertad de las personas.

Reglamentación

La decisión produjo reacciones encontradas. Por un lado, el ministro de Interior y Justicia, Fabio Valencia, no oculta su entusiasmo y dice que se abre la vía para solucionar el tráfico y microtráfico de estupefacientes en Colombia, que es el principal productor de cocaína del mundo.

Augusto Pérez

Pérez señala que la decisión es "un gran retroceso".

"Senadores y senadoras: ustedes han hecho historia. A partir del trámite de esta reforma, el Estado comenzará a gestionar todo lo necesario para atender al adicto como a un enfermo", dijo Valencia.

Según el ministro, la reforma no penaliza a los consumidores, sino que les ofrece "tratamiento para los adictos".

Pero expertos en el tema, como Augusto Pérez, de la Fundación Nuevos Rumbos, le aseguran a BBC Mundo que el paso dado por el congreso colombiano "es un gran retroceso".

"No le veo absolutamente nada positivo a este tipo de medidas, porque no contribuyen a disminuir el número de consumidores. La mejor prueba de que no funcionan son los Estados Unidos", declaró Pérez.

En la Constitución

Tras la reforma, el artículo 49 de la Constitución dirá: "El porte y consumo de sustancias estupefacientes o sicotrópicas está prohibido, salvo prescripción médica. Con fines preventivos y rehabilitadores la ley establecerá medidas y tratamientos administrativos de orden pedagógico, profiláctico o terapéutico para las personas que consuman dichas sustancias. El sometimiento a esas medidas y tratamientos requiere
el consentimiento informado del adicto".

El experto, quien en el gobierno de Andrés Pastrana (1998-2002) dirigió un programa presidencial contra el uso de drogas, dice que "el problema del microtráfico de estupefacientes se debe más a la incompetencia judicial".

Pérez, quien lleva más de 25 años trabajando en el tema, agrega que el mejor remedio contra la drogadicción son las políticas preventivas.

"Los tratamientos para los consumidores son más caros, muchas veces no funcionan, en cambio la prevención, de manera sostenida y regular, es mucho más efectiva y más rentable", advierte.

Según Pérez, la penalización del consumo de drogas se convertirá en otro problema para las autoridades policiales y en un dolor de cabeza para las personas que sean sorprendidas con dosis personales.

"¿Usted le daría trabajo a una persona en cuyos antecedentes aparezca que fue hallada con una dosis personal? Hasta yo me lo pensaría", sostiene el experto.

clic Lea: Debate por dosis personal en Colombia

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