SRPA Sistema de Responsabilidad Penal de Adolescentes enColombia.

Les comparto, de un correo recibido de Carmen Tulia ,de la red de Asistentes Judiciales: diagnóstico de la comisión que trabajó durante 6 meses para evaluar el SRPA (Sistema de Responsabilidad Penal de Adolescentes) en Colombia,y ventilar las principales recomendaciones que de ser tenidas en cuenta tendrán que hacer ajustes a la normatividad vigente.
Carmen T.

Informe de comisión interinstitucional

Caos en el sistema penal juvenil

Por: Redacción Vivir

¿Cuál sería la fórmula ideal para sancionar a los adolescentes infractores? Se propone que sea manejada por el Ministerio de Justicia y que la privación de la libertad sea la última opción.


En el último año 10.000 menores  de edad fueron atendidos por el Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes (entre 14 y 17 años). / David CampuzanoEn el último año 10.000 menores de edad fueron atendidos por el Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes (entre 14 y 17 años). / David Campuzano


Las fallas del Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes en Colombia son claras. Evidentes. Incluso reconocidas por el mismo Gobierno: hay hacinamiento en los centros de reclusión, el presupuesto es insuficiente, no se cumplen los programas de resocialización, en la mayoría de los municipios ni siquiera existen los espacios físicos adecuados para recibirlos, no se hace seguimiento ni acompañamiento a los jóvenes que salen del sistema y falta claridad en los roles de cada actor dentro del proceso.

El diagnóstico lo dio una comisión interinstitucional (conformada por representantes del Gobierno, de la academia y de ONG), que durante seis meses trabajó en la elaboración de una propuesta clara y detallada, para que tanto el Gobierno como el Congreso se pongan al frente de esta problemática. Si sus recomendaciones son atendidas, para empezar, el Ministerio de Justicia sería el ente rector de estos centros. Es decir, tal y como se había anunciado en septiembre del año pasado y finalmente no ocurrió, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) perdería la responsabilidad de administrarlos.

“Hablamos del Ministerio de Justicia, pero no del Inpec porque es claro que no puede ser el mismo tipo de privación de libertad que se hace con los adultos”, explica Luz Alcira Granada, integrante de la comisión y representante de Alianza por la niñez colombiana. El Minjusticia tendría también la responsabilidad de definir los roles, las competencias y el alcance de las entidades territoriales intermedias dentro del sistema.

¿Qué papel cumplirían la Policía, las alcaldías y los defensores? ¿A quién le compete, por ejemplo, la seguridad dentro de estos centros? Aquí habría que recordar que el año pasado en Cali, Pereira y Bogotá se presentaron disturbios e incluso fugas de estas instituciones, y tanto el ICBF como la Policía se culparon mutuamente de las falencias en seguridad.

El año pasado, en entrevista con El Espectador, la subdirectora de responsabilidad penal del ICBF, Francia Elena López, aseveró que aunque la responsabilidad de la seguridad es de la Policía Nacional, había “un vacío en las normas, porque no determinaron cómo hacerlo”.

Siguiendo con las recomendaciones, el ICBF tendría a su cargo el proceso de restablecimiento de derechos, que es lo que defendía en su momento la exdirectora de esta institución, María Elvira Forero. En reiteradas ocasiones Forero declaró que su responsabilidad era garantizar y restablecer los derechos de los niños. Y en este mismo sentido Francia Elena López sentenció que no era trabajo del Instituto “atender la seguridad de los centros ni mantener los cupos para la atención de los menores (entre 14 y 17 años)”.

Las sugerencias también se refieren a las sanciones que deberían ser aplicadas para los menores de edad infractores. Precisamente en junio del año pasado fue aprobado (dentro del Estatuto de Seguridad Ciudadana que hizo trámite en el Congreso) un apartado que endureció sus penas. Se estableció que aquellos menores que habían recibido la máxima pena (que es de ocho años) debían cumplir la sanción en su totalidad, no como estaba sucediendo que a los 21 años los menores estaban quedando en libertad. Es decir, un asesinato cometido por un joven de 17 años le representaba sólo cuatro de sanción.

Sobre las sanciones, el documento pide que la privación de la libertad sea la última medida tomada por los jueces, “no la primera, como está sucediendo hoy”, dice la representante a la Cámara por el Partido Verde Ángela María Robledo, quien ha liderado las discusiones sobre esta temática desde el Congreso. Según ella, el ICBF debe ser el encargado de definir unos decretos reglamentarios, unos “lineamientos técnicos”, para establecer cómo aplicar las otras sanciones que establece el Código de Infancia y Adolescencia, y que no son aplicadas por “desconocimiento”.

Hoy los menores infractores pueden ser sancionados con amonestación, imposición de reglas de conducta, prestación de servicios a la comunidad, libertad asistida, internación en medio semicerrado y privación de la libertad. Precisamente el director del ICBF, Diego Molano, hizo un llamado para que los jueces de menores cambien su forma de impartir sanciones y se concentren en la “implementación de penas de justicia restaurativa”. Es decir, propuestas como la del senador Roy Barreras de aumentar las penas máximas (que hoy son de 8 años) hasta 15 años, o de la senadora Gilma Jiménez, de que los menores infractores paguen sus penas en cárceles, están archivadas. Ni siquiera se contemplan.

Gina Parody, quien lideró la aprobación de la nueva Ley de Infancia y Adolescencia en el Congreso en 2006, asegura que el Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes no requiere modificaciones. Dice que es suficiente con que se “implemente lo que establece la ley”. Y va más allá al afirmar que los grandes cambios se deberían gestar “en corresponsabilidad” entre el Estado, las familias y las autoridades, para que la ilegalidad no sea una alternativa para los menores. “¿Estamos generándoles oportunidades desde la misma sociedad, en educación, recreación y deporte? Ese debería ser el gran cambio”.

En el mismo sentido se pronunció la representante Robledo, quien, además, recordó que las oportunidades de trabajo para los más jóvenes son mínimas en el país. “La tasa más alta de desempleo la tienen los jóvenes entre 14 y 26 años, con un 17% (DANE). Las mujeres jóvenes tienen una tasa de desempleo aún más alta: 23%. La de desempleo del país es del 9,8%. Es decir, el desempleo de las mujeres jóvenes es más del doble que el desempleo promedio de Colombia”.

Luz Alcira Granada aboga también que haya un cambio colectivo de mentalidad: “Se cree que los jóvenes y los adolescentes son quienes ocasionan los mayores problemas en términos de seguridad ciudadana o delincuencia, no es así: las cifras dan cuenta de que su participación en delitos es del 11,5% del total que se presentan en el país”. Explica, además, que están involucrados principalmente en delitos por hurto, tráfico de estupefacientes, distribución de armas ligeras y lesiones personales.

La directora de la Agencia Pandi, Ximena Norato, dice que lo relacionado con estupefacientes y armas “son delitos de adultos, que son los que le pagan al joven por vender la droga o transportar el arma. No podemos criminalizar a los adolescentes, sino garantizarles sus derechos integralmente”.

Comentarios

Nora Quevedo Labrador ha dicho que…
Bastante inclusive este comentario: No podemos criminalizar a los adolescentes, sino garantizarles sus derechos integralmente”.De la La directora de la Agencia Pandi, Ximena Norato!!

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